Mostrando entradas con la etiqueta Constitución de Cuba. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Constitución de Cuba. Mostrar todas las entradas

junio 29, 2019

¿Por qué una Ley de Cultos sería inútil y perjudicial en Cuba? (I)


Sin un Estado de Derecho, cualquier ley de cultos sería tan incumplida como la ley que obligara a los lobos a ser vegetarianos. Es inviable o un boomerang.
La Habana,  de junio, 2019./Con las mejores intenciones o por aparentar que hacen , hay religiosos abogando por solicitar a la dictadura una Ley de Cultos que proteja a los religiosos de los atropellos de esa misma dictadura que debe regalarles esa ley que la limite en su poder. Que haga cumplir en la práctica el derecho a la libertad de religión y de culto reconocido por “la Constitución” e irrespetado por el Estado.
Sus argumentos se basan en las quejas de toda asociación religiosa sobre la fiscalización asfixiante y represiva del Estado a su quehacer y la negativa estatal a inscribir legalmente nuevos cultos y que los persigue.
Sin queja, el cardenal Jaime Ortega, entonces Arzobispo de La Habana y vocero “neutral” de “las buenas intenciones de cambio” del General, como muñeco de ventrílocuo de los gobiernos de Cuba y del español de Rodríguez Zapatero; hace mucho declaró que debía existir una ley que regulara las relaciones entre el Estado y la Iglesia.
Así que la ley de cultos la quieren tanto los cristianos que no quieren seguir siendo reprimidos como los instrumentos del Estado dentro de la Iglesia. Pero como en Cuba, Dictadura, se escribe con mayúscula y sin comillas, es nombre propio y su apellido es totalitario, mientras que “Constitución” tiene que llevar comillas al igual que “legalidad”, cae por su peso que una Ley de Cultos es inviable o un boomerang.
No sería aprobada, excepto que convenga al Estado aprobarla sin aplicarla; para aparentar democratizarse; otro “cambio”, como cuando el Gral. Raúl Castro “renuncio” a continuar como Presidente del Consejo de Estado y de Ministros (poder ficticio). Poniendo a su muchacho, del cual declaró en Televisión  que “lo hemos preparado” y reservándose el Ejército y el puesto de Primer Secretario del Partido.
Ambos poder efectivo por sobre la Constitución y cualquier Ley, pues el Partido es “constitucionalmente” “la fuerza rectora de la sociedad”; a nadie rinde cuentas, mientras que el “Presidente electo” como miembro del Partido le debe obediencia al Partido que nadie eligió y que ni pincha ni corta. Es su Comité Central (C.C.) quien manda y el C.C. es Raúl Castro, jefe del Ejército.
¿Ese es el clima para leyes de algún tipo? Sin un Estado de Derecho, cualquier ley de cultos sería tan incumplida como la ley que obligara a los lobos a ser vegetarianos. ¿Cuál de sus leyes, deficientes o buenas, cumplen las autoridades de Cuba? ¿La que prohíbe ruidos y música alta? ¿La que establece que la Policía debe allanar un domicilio según requisitos legales y no con orden imprecisamente redactada y a las 2 de la madrugada? ¿Algún policía cumple como chofer las leyes del tránsito? ¿Cumplen las autoridades el deber de responder a las quejas? ¿No son falsas las pesas en cada comercio, sin faltar uno? ¿Obtener la propiedad de la vivienda o un subsidio para repararla no cuesta kafkianas gestiones burocráticas y cohechos? 
Los defensores de la Ley de cultos dirán: “Si, pero podríamos quejarnos de que se negaron a aprobarnos la ley, o de que la aprobaron y la incumplen”. Cierto, “el derecho a queja” de los bien intencionados, cuyas declaraciones las contrarrestarían las de otras autoridades religiosas instrumentos desembozados o disimulados de la Dictadura, quienes cantarían loas al “cambio”, a “la mejoría de las relaciones”.
Mejoría “probada” por la aprobación de la “Ley de Cultos”. Y en el extranjero, la confusión acostumbrada que promueven los medios: “Cuba cambia, se democratiza”, “El lobo está comiendo hierba y, aunque con retrocesos, disminuyen sus ataques carnívoros; esperemos”.
¿Tengo que decir cuál de ambos bandos clericales será el favorecido por el Estado?  ¿quién con esa misma ley en la mano tendrá más elementos que ahora para presionar a los “contrarrevolucionarios y pro-yanquis que utilizan la Iglesia”, mientras “los verdaderos cristianos apoyan “el proyecto social”?. Los bien intencionados y los mal intencionados, me dirán que no, que la Ley de cultos obligaría al Estado a…. ¡¿En serio?!
 Si consiguieran su Ley, es imposible que no contenga como “caballo de Troya” un compromiso de sumisión al sistema y un acápite sobre las “sectas dañinas”. ¿O la Dictadura se la va a dar gratis y para que se protejan contra ella? El Estado totalitario será juez inapelable y parte que interpretará a su gusto y aplicará esa ley. Hasta ahora las regulaciones estatales contra las iglesias les son impuestas, pero a partir de esa ley serán las solicitadas y aprobadas por las iglesias. Y no va a dejar de dividirlos negociando y favoreciendo por separado.
Aprendan de su timorato intento de modificar el Proyecto de “Nueva Constitución”; pues por declarar contra el “matrimonio homosexual”, ¡diez iglesias aprobaron todo el resto de la monstruosa Constitución en bloque!:
Solicitaron y aprobaron con sus firmas la tiranía del Partido (el General) las agresiones a disidentes y la educación de sus propios hijos ¡“en los principios -anticristianos- de la sociedad socialista”!  Y ni se dieron cuenta la mayoría. Este nuevo juego con la “legalidad” saldría peor.
La ultima “Ley de Cultos” que existió en Cuba, terminó en 1899 con el fin de la soberanía de España sobre la Isla. Era el Patronato de Indias, que hacia al Rey de España, en los territorios que colonizara, la máxima autoridad y protector de la Iglesia Católica. Terminado ese control, entraron en Cuba los misioneros de otras denominaciones, predicaron, fundaron, prosperaron, sin que dejara de prosperar también la Iglesia Católica.  Jamás hubo un concordato entre el Estado cubano y la Iglesia Católica, es decir, un acuerdo entre ambos gobiernos para que la Iglesia solventara sus asuntos internos con sus propias leyes y tribunales eclesiásticos. Y ello fue bueno.
Y sin Ley de cultos ¿cómo no sufrieron intervencionismo estatal?; porque la ley común se cumplía, pese a las deficiencias de la Republica, a su tendencia al personalismo que llevó a las dictaduras de Gerardo Machado (1926-1933) a la inestabilidad de 1933 a 1939, a la dictadura de Fulgencio Batista (1952-1959) - por cierto, dictadores con exitosas políticas económicas y no totalitarios- y culminó en Fidel Castro (1959-2007) y sus herederos (2007- ¿?).
Antes, pese al caciquismo la  corrupción y la guapería política, nadie podía confiscar una propiedad a una asociación religiosa, o perturbar un culto con altavoces, o prohibir a un predicador, y quien asesinara o malversara iba a juicio, fuera revolucionario o pro-gubernamental. Y lo denunciaban en la Prensa y el político cuidaba no perder los votos de los religiosos. Para darle una merienda en la logia a sus esposas, por “el Día de las Madres”, ninguna fraternidad tenía que pedir permiso con quince días de antelación; para entonces aprobar o denegar sin explicarles.
Durante el Patronato de Indias, si hubo confiscaciones a la Iglesia Católica, como en 1851 con la Ley de Amortización de Mendizábal y toda otra denominación estaba prohibida, los misioneros no católicos podían ser perseguidos por la Ley. De hecho hoy, sin concordato, el Estado hace de la vista gorda ante los casos de delitos cometidos por clérigos, otorgándoles una impunidad que les da poder sobre ellos, “las mejores relaciones Estado-Iglesia”: No existe en Cuba un solo religioso malversador o pederasta.
¿Y en Estado de Derecho?: El concordato entre el Vaticano y el Gobierno de los Estados Unidos, fue uno de los factores en los escándalos de pederastia, pues los involucrados alegaron que el Concordato los autorizaba a no acudir a las autoridades judiciales laicas sino a las suyas propias. Lo que necesitan religiosos e iglesias para ejercer sus derechos es que las leyes sean justas y se cumplan; no una ley general o para cada denominación, sino un sistema judicial ante el cual respondan el religioso y el represor del religioso como cualquier otro ciudadano.
También  un Tribunal de Cuentas donde acusar a las autoridades por violación de la Constitución y que el Estado únicamente intervenga si la asociación religiosa viola la Ley común. Una única ley específica y no común, sobre las sectas dañinas (que ¡Dios nos libre la haga este gobierno! Y es delito que no dejaría de ser estatuido en una Ley de Cultos y usada para chantajear y destruir).
Que los cubanos puedan vivir de su trabajo, pues si los fieles no pueden mantener por si mismos con sus donativos a su Iglesia, es imposible la separación entre la Iglesia y el Estado. Pues dependen hoy las iglesias de que el Estado les autorice recibir donaciones del extranjero, les permita o niegue visas a los pastores, les autorice o no materiales para la reparación, gasolina; mecanismos todos de control mediante el chantaje y la corrupción.
Y para lograr todo lo antes expuesto como indispensable para tener libertad religiosa, es necesario que los ciudadanos, y los fieles como ciudadanos, tengan soberanía, puedan influir al Poder con sus votos y opiniones, exista la separación de poderes con un sistema judicial independiente.
Si en serio quieren libertad religiosa, procuren todo eso.
Continuará….,


mayo 22, 2019

Análisis de un periodista independiente a la carta de un pastor bautistas dirigida a la comunidad LGBT+ en Cuba.



Hace unos días recibimos una colaboración de un pastor bautista cubano asentado en Cuba, sobre los recientes eventos en los cuales la comunidad LGBTI en La Habana se manifestó y fue objeto de una fuerte represión. En la carta del pastor hay una clara aproximación dentro de los más genuinos conceptos cristianos a comprender la situación de victimas manipuladas de los miembros de esa comunidad en Cuba. Hay una exhortación y comprensión. Sobre las opiniones que se expresan a continuación completan el libre juego de ideas que sobre este tema no cesan.

Sobre carta de un pastor al movimiento homosexual en Cuba.
 “Colaron el mosquito” del “matrimonio” homosexual y “se tragaron el camello” del socialismo eterno, la dirección del Partido sobre toda autoridad, la educación ideológica de sus niños “en los principios del socialismo” y determinada por el Estado. “la defensa de la revolución” mediante cualquier medio violento...
La Habana,  de mayo, 2019. / El blog “Religión en Revolución”, publicó “Carta abierta de un pastor cristiano cubano a la comunidad de lesbianas, gais, bisexuales y transexuales (LGBT) de Cuba”, firmada con el pseudónimo “Ebenezer Cashera”, con el cual se encubre un pastor bautista, según nota al final.

Creo merecen apoyo sus afirmaciones de que la propaganda gubernamental respecto a los controvertibles derechos que reclama la comunidad homosexual, son mera utilización política de ese grupo por parte del Gobierno. Propaganda que ahora culpa a los cristianos por la no aprobación del “matrimonio gay” en la fingida nueva constitución.

Destaca “Ebenezer” el amor cristiano y el respeto a la dignidad de toda persona:

Esto quiere decir, que respetamos la elección que ha hecho de sus gustos y estilo de vida, pero consideramos, según la Biblia, que es un pecado delante de Dios que destruirá sus vidas, que a la larga les traerá frustración, dolor, inseguridad, por querer vivir algo para lo que no fueron creados.”.

El argumento que soslayan siempre los propagandistas de estas conductas: La falta de los órganos genitales opuestos convierten en contranaturales ese tipo de relaciones físicas.
Efectivamente, la Ley de Dios, que condena esas relaciones, no pide al homosexual algo distinto de lo que nos pide al resto: Abstenernos de fornicación.
Como mismo afirma que no entrarán en el Reino de los Cielos, “los que se echan con varón”, afirma que no entrarán “los fornicarios”, es decir, quienes pecan sexualmente según la naturaleza.
Un problema con el manejo de estas reclamaciones de supuestos derechos, además de la manipulación oficial, es que muchas de las personas involucradas en esas conductas lo hacen siguiendo hábitos de promiscuidad. Y en vínculo con la prostitución masculina, que casi inexistente antes de 1959, hoy es un auténtico “logro de la Revolución”.
Conductas dañinas para la familia, la sociedad, las personas que la ejercen, la salud personal y pública. Las personas “heterosexuales” que practican la promiscuidad y actitudes lascivas provocativas hacia el sexo opuesto  o la prostitución, también se ganan el rechazo social.
Como la propaganda pro-homosexualidad, hace juegos malabares con “conceptos” pseudo-científicos, dividiendo a la humanidad en muchas categorías, según sus acciones sexuales, es fácil seguirlos en el error de adoptar su vocabulario “técnico”.
Pero en opinión de muchos profesionales de la Psiquiatría y la Psicología, no existe la tan cacareada “elección”. Voces profesionales, que por supuesto, están silenciadas en Cuba, por contradecir a la princesa Mariela Castro.
También caemos en la trampa de clasificarnos en “heterosexuales”, “bisexuales” y toda la larga lista. Disguste a quien disguste: Dios, “hombre y mujer los creo”. En cuanto a “respetar la elección”, debemos respetar la dignidad humana de toda persona, pero no su decisión de degradar esa dignidad.
El homosexual buen hijo, que no da espectáculos, no provoca a los transeúntes con miradas o proposiciones lascivas, se gana el respeto de sus convecinos.
Por supuesto que nadie debe menoscabar sus derechos humanos, ni tampoco los de aquellos otros de una conducta ofensiva a los derechos de los demás, último aspecto que obvia la propaganda pro-homosexualidad: Los derechos de uno tienen por límite los derechos del otro.
Por ejemplo, el de los niños a educarse sin ser confundidos sobre la identidad de cada sexo. Y el de los cristianos a predicar y practicar su Fe sin tener que pedir perdón por condenar el pecado, ni justificarse de la acusación de “homofobia”.
 Los activistas de la homosexualidad promueven la confusión y pretenden equiparar sus peticiones a la lucha de las minorías raciales contra la discriminación y por sus derechos civiles. Pero no pueden negociarse por separado los derechos de unos grupos sociales mientras no se garanticen los derechos humanos de todos.  Y una dictadura que irrespeta todo derecho y habituada a manipular a la opinión pública nacional e internacional, ¿es la indicada para promover derechos de grupos, sean los de los homosexuales o los de los religiosos?
Pero la carta de “Ebenezer”, muestra otros aspectos de la degradación de las iglesias y de los cristianos en Cuba:
Quienes se concentraron en “colar el mosquito” del “matrimonio” homosexual y “se tragaron el camello” del socialismo eterno, la dirección del Partido sobre toda autoridad, la educación ideológica de sus niños “en los principios del socialismo” y determinada por el Estado y no por los padres. “la defensa de la revolución” mediante cualquier medio violento: simple validación de las agresiones a disidentes.
Las autoridades eclesiásticas abandonaron la orientación moral del pueblo; las que menos mal quedaron fueron las de la Iglesia Católica.
 No sólo no orientaron a los fieles por “las tres razones del notario”: “Por miedo, por miedo y por miedo”, sino que ¡hasta pidieron esas aberraciones anticristianas al Gobierno en documento que firmaron cerca  de diez iglesias, incluida la Convención Bautista de Occidente y todo el rosario de iglesias pentecostales!
La chocante cláusula del “matrimonio”, como maruga agitada ante el rostro de un bebe, distrajo al pueblo de las demás aberraciones de la “Constitución”:
La validación de la tiranía por quienes la sufren. ¡Y apoyada con las firmas de los cristianos de diez iglesias! ¡Recogidas por sus autoridades religiosas en un documento que, sencillamente, es infame!
Y un pastor, que desea señalar el pecado y defender de acusaciones a la Iglesia, se desautoriza a sí mismo al usar pseudónimo (falta de principiante en que también caí en dos ocasiones). No se atreve a escribir bajo su nombre real, por miedo a las autoridades.
Y, seguramente, por mayor temor a ser reprimido por su “sanedrín”, siempre listo a que “un hombre debe morir por salvar a la Nación”(o a su casta) que por temor a los “Pilatos” de la policía política,  controladora de todo “sanedrín” en Cuba.
*Periodista independiente cubano. Ha colaborado con la agencia de prensa independiente Hablemos Press y sus notas aparecen en distintos sitios de internet sobre temas cubano. Reside en la Ciudad de la Habana.

octubre 05, 2018

Unas 45 denominaciones evangélicas cubanas hacen una serie de propuestas de modificaciones al Proyecto de Constitución que se ha sometido a discusión.


Las propuestas contenidas en una carta fueron discutidas el 1ro de octubre del presente año por  un numeroso grupo de líderes de iglesias evangélicas cubanas y remitidas a las organizaciones del régimen Castro comunista. Las propuestas parecen encaminadas a la pretendida Ley de Cultos que aún  no se avisara en Cuba. A continuación las propuestas.
Propuestas de modificación de algunos artículos del Proyecto de Constitución de las iglesias evangélicas cubanas:
·         Modificar el Título I Fundamentos políticos, Capítulo I, Artículo 15, párrafo 63: "El Estado reconoce, respeta y garantiza la libertad religiosa". Proponemos: El Estado reconoce a las instituciones religiosas, respeta sus postulados de fe y garantiza la expresión pública y privada de la libertad religiosa de cada individuo". Además proponemos añadir a este párrafo, la parte final del Artículo 55 de la Constitución vigente: "La ley regula las relaciones del Estado con las instituciones religiosas".
·   Modificar el Título II Fundamentos económicos, Artículo 21, párrafo 88: "Se reconocen las formas de propiedad siguiente...". Proponemos añadir un inciso g) de las instituciones religiosas y fraternales: en que la institución actúa sin fines de lucro.
·    Modificar el Título II Fundamentos económicos, Artículo 22, párrafo 96: "El Estado regula que no exista concentración de la propiedad en personas naturales o personas jurídicas no estatales, a fin de preservar los límites compatibles con los valores socialistas de equidad y justicia social". Proponemos añadirle: Exceptuando aquellas instituciones sin fines de lucro que lo necesiten para su funcionamiento y cumplimiento de su objeto social.
·     Modificar el Título IV Derechos, deberes y garantías, Capítulo I Disposiciones Generales, Artículo 40, párrafo 140, al eliminar los términos "género e identidad de género" quedando de la siguiente manera: Todas las personas son iguales ante la ley, están sujetas a iguales deberes, reciben la misma protección y trato de las autoridades y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, origen étnico, color de la piel, religión, edad, discapacidad, origen nacional o cualquier otra distinción lesiva a la dignidad humana.
·         Modificar el Título IV Derechos, deberes y garantías, Capítulo I Disposiciones Generales, Artículo 45, párrafo 149: "El Estado propicia la plena participación de la mujer en el desarrollo del país y la protege ante cualquier tipo de violencia". Proponemos: El Estado propicia la plena participación de la mujer y el hombre en el desarrollo del país y los protege ante cualquier tipo de violencia.
·         Modificar el Título IV Derechos, deberes y garantías, Capítulo II Derechos individuales, Artículo 59, párrafo 177: "El Estado reconoce, respeta y garantiza la libertad de pensamiento, conciencia y expresión". Proponemos: El Estado reconoce, respeta, garantiza y protege la libertad de pensamiento, conciencia y expresión.
·         Modificar el Título IV Derechos, deberes y garantías, Capítulo II Derechos individuales, Artículo 59, párrafo178: "La objeción de conciencia no puede invocarse con el propósito de evadir el cumplimiento de la Ley o impedir a otro su cumplimiento o el ejercicio de sus derechos". Proponemos eliminar este párrafo.
·         Modificar el Artículo 60, párrafo 179: "Se reconoce a los ciudadanos la libertad de prensa, este derecho se ejerce de conformidad con la ley". Proponemos: Se reconoce a los ciudadanos, instituciones no estatales y asociaciones la libertad de prensa. Este derecho se ejerce de conformidad con la ley.
·         Modificar el Artículo 62, párrafo 183: "Toda persona tiene derecho a profesar o no creencias religiosas, a cambiarlas y a practicar la de su preferencia, con el debido respeto a otros credos y de conformidad con la ley". Proponemos: Toda persona, con independencia de la condición legal en que se encuentre, tiene derecho a profesar o no creencias religiosas, a cambiarlas, a recibir asistencia conforme a su credo, y a practicar la fe de su preferencia, con el debido respeto a otros credos y el derecho a manifestar su religión o su creencia individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia, de conformidad con la ley.
·         Modificar el artículo 64, párrafo 185: "Las personas tienen derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades, las que están obligadas a tramitarlas en plazo adecuado, dando las respuestas oportunas y pertinentes de conformidad con la ley".
Proponemos: Las personas naturales y jurídicas tienen derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades, las que están obligadas a tramitarlas en plazo adecuado, dando las respuestas oportunas y pertinentes de conformidad con la ley.
·         Modificar el Título IV Derechos, deberes y garantías, Capítulo III Derechos sociales, Artículo 67, párrafo 190: "El Estado protege a las familias, la maternidad, la paternidad y el matrimonio". Proponemos: El Estado protege a la familia, la maternidad, la paternidad y el matrimonio.
Esta modificación del plural al singular en la palabra "familias" debe hacerse en el Artículo: 67 párrafos 190 y 191; Artículo 71 párrafo 199; Artículo 72 párrafo 200; Artículo 73 párrafo 201; Artículo 74 párrafo 202; Artículo 81 párrafo 214; Artículo 84 párrafo 219.
·         Modificar el Artículo 68, párrafo 192: "El matrimonio es la unión voluntariamente concertada entre dos personas con actitud legal para ello, a fin de hacer vida en común, descansa en la igualdad absoluta de deberes y derechos de los cónyuges los que están obligados al mantenimiento del hogar y la formación integral de los hijos, mediante el esfuerzo común de modo que este resulte compatible con el desarrollo de sus actividades sociales". Proponemos que se mantenga como en la Constitución vigente: "El matrimonio es la unión concertada de un hombre y una mujer con actitud legal para ello, a fin de hacer vida en común..."
·         Modificar el Artículo 70 párrafo 197: "Los padres tienen la obligación de dar alimento a sus hijos, asistirlos en la defensa de sus legítimos intereses y en la realización de sus justas aspiraciones, así como contribuir activamente a su educación y formarlos integralmente como ciudadanos con valores morales, éticos y cívicos en correspondencia con la vida en nuestra sociedad socialista". Proponemos: Los padres tienen la obligación de dar alimento a sus hijos, asistirlos en la defensa de sus legítimos intereses y en la realización de sus justas aspiraciones, educarlos y formarlos integralmente como ciudadanos con valores morales, éticos y cívicos en correspondencia con la vida en nuestra sociedad socialista.
·         Modificar el Artículo 84, párrafo 219: "La educación es un derecho de todas las personas y una responsabilidad del Estado, la sociedad y las familias". Proponemos: La educación es un derecho de todas las personas y una responsabilidad de la familia, la sociedad y el Estado.
·         Modificar el Capítulo VI Garantías jurisdiccionales de los derechos, Artículo 94, párrafo 265: "La persona a la que se le vulneren sus derechos y sufriere daño o perjuicio por órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados, con motivo de la acción u omisión indebida de los funcionarios, tiene derecho a reclamar, ante los tribunales y obtener, de conformidad con la ley, la correspondiente reparación o indemnización".
Proponemos: La persona natural o jurídica a la que se le vulneren sus derechos y sufriere daño o perjuicio por órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados, con motivo de la acción u omisión indebida de sus funcionarios, tiene derecho a reclamar, ante los tribunales y obtener, de conformidad con la ley, la correspondiente reparación o indemnización.
No contamos con la relación de iglesias evangélicas cubanas que rubricaron este documento.
Con estas propuestas se completa las opiniones de un variado grupo de denominaciones evangélicas cubanas. Está pendiente un documento oficial y completo de la Conferencia de Obispos católicos de Cuba (COCC). También se espera que en algún momento el pro oficialista Consejo de Iglesias de Cuba (CIC) se pronuncie.


julio 04, 2018

Carta pública del abogado Miguel Porres al Ministro de Cultura por la discriminación hacia los cristianos en Cuba.

Señor Ministro de Cultura, Abel Prieto:
Me sorprende la indiferencia con que su equipo ha tratado mi reclamación respecto a la discriminación hacia los cristianos, motivo por el cual le he escrito varias veces sin conseguir ni un comentario.
Ante la falta al derecho que me concede la constitución no me dejan otra opción que acudir a un proceso administrativo. La demanda la interpongo contra:
·         El Ministerio de Cultura (MinCult).
·         El Instituto Cubano de Radio y Televisión (ICRT)
No existe en nuestro ordenamiento jurídico una sala constitucional. Por tanto, según el origen de la materia, los tribunales juzgan y deciden sobre los aspectos donde se viola los derechos otorgados al pueblo en la constitución.
En los artículos del 41 al 43 la Carta Magna cubana explicita la protección a la igualdad de derechos y oportunidades, proscribe la discriminación por creencias religiosas y las considera lesiva a la dignidad humana. El Código Penal, en su artículo 195, lo considera un delito.
En Cuba una parte importante de la población, que crece cada día, es cristiana. Es parte de la historia de la cultura de este país, y de las generaciones que dieron origen a nuestra nacionalidad.
Miguel Porres
Por creer en Dios y Jesús Cristo se nos considera religiosos, en la práctica defendemos la libertad, y nos sentimos libres, buscamos la formación de seres dignos, sin ataduras a los vicios, donde tengan más valor el ser humano que las riquezas materiales. Nos inspiramos en un Cristo que se sacrificó por nosotros, que rechazaba la violencia y la codicia, que predicaba de amor al prójimo. También estudiamos los fundamentos científicos-teóricos que demuestran la existencia de Dios, y las pruebas que se han dado en la historia y quedan palpadas en las Escrituras.
Nos sentimos discriminados por la política cultural y de la radio y la televisión. A pesar de existir gran variedad y excelente calidad de autores y música cristiana, no se divulga casi nunca, por los medios. Solo en acontecimientos muy marcados o visitas de personalidades a nuestro país se escucha algo de esta música o se divulgan actos y acontecimientos donde se habla de Dios y Cristo. Conozco casos en que se solicitaban permisos para utilizar una instalación y al solicitante se le advirtió que la condición era que no se mencionara en ningún momento el nombre de Cristo, esta limitación la impuso el funcionario a cargo.
Alarmado por esta situación he escrito varias veces por vía electrónica al Ministro de Cultura (pues es el MinCult la máxima institución de la cultura cubana y quien tiene poder para legislar y e implementar la política cultural del país), y viendo que no responde le hice llegar un escrito personalmente a su despacho, al igual que al presidente del ICRT, para solicitar se pronuncie sobre estos hechos.
A pesar del derecho a quejarme y recibir una repuesta que me otorga la Constitución, he recibido el silencio de los funcionarios públicos. Tenía la esperanza de un pronunciamiento, que no se nos ignorara. He empleado los recursos que la ley me brinda, consciente de que los problemas de Cuba, debemos resolverlos entre los cubanos. Mi ánimo se reforzaba porque tengo entendido que el ciudadano Ministro de Cultura es una persona culta, amante del diálogo y la diversidad, un intelectual sin miedo al debate. Sin embargo, es frustrante el trato recibido a mis solicitudes de pronunciamiento.
Es importante para los cristianos que se nos tenga en cuenta en este espacio, porque el arte es una forma de poder. Se ha podido dominar la acción subversiva de quienes están contra el proceso revolucionario, pero el gobierno ha sido incapaz de evitar el crecimiento y desarrollo de una cultura de la chabacanería, de lo grosero.
Las mutaciones en la música popular hacia la rivalidad, el consumismo, la obscenidad, la denigración de la mujer, la apología al dinero, minan una parte considerable de la sociedad. Imaginen que el comején invade nuestra carpintería hogareña y que cuando reparemos en ello ya nada podemos hacer para salvarla; así resultan estas tendencias distorsionadoras de los valores y principios a que aspira nuestra sociedad.
Un campesino que produce la tierra con su duro bregar y espera pacientemente por su cosecha, a merced de la inclemencia meteorológica y aquellos que prefieren robar que labrar el campo, lleguen a vender sus productos a instalaciones turísticas estas no tengan capacidad legal para pagarle en divisa, sin embargo un grupo musical, que muchas veces no deja el mensaje deseado para la educación a que aspiramos y en la siembra de valores, puede sin problemas cobrar su pago en CUC.
Los cristianos, somos igual de cubanos, de patriotas, no buscamos revertir el sistema político, ni pretendemos ser parte de la élite de poder, pero sí reclamamos nuestros derechos a convivir en una sociedad igualitaria, con iguales oportunidades para todos, ser escuchados, y que se nos tenga en cuenta.
No representamos una idea fundamentalista, defendemos los valores de Cristo, luchamos contra el abuso, la inmoralidad, la corrupción, la delincuencia. Por qué, entonces, no podemos contar con especio en la política cultural de una sociedad, que en todos sus estatutos y leyes dicen defender valores y principios muy parecidos a los del cristianismo.
Oramos porque Dios dé sabiduría a quienes dirigen este país para que puedan tomar las mejores decisiones en bien del pueblo, para que resistan la tentación y el poder no nuble su vista.
Abogado Miguel Porres *
La Habana, 2018 
Fuente: Tenia q decirlo. Blog personal de Yoe Suarez quien incluye esta carta como post. La foto del abogado Porres es del editor del Blog
*Miguel Porres es Licenciado en Derecho por la Universidad de La Habana  1997 y tiene una maestría de la Universidad de Barcelona en Derecho Societario en 2005. Ha sido asesor legal en empresas en Cuba y fue Juez del Tribunal Popular Municipal de Cienfuegos a finales de los años ochenta. Se  integró  a la Juventud Comunista sin que ello implicara rechazar su credo. Asiste a la Iglesia Bautista de Guanabo, La Habana.