octubre 28, 2018

Mensaje de los Obispos católicos de Cuba con ocasión del proceso de consulta del Proyecto de Constitución de la República de Cuba


En ocasión de la publicación de las propuestas al Proyecto de Constitución por parte de un grupo de iglesias evangélicas cubanas anotábamos lo siguiente: Con estas propuestas se completa las opiniones de un variado grupo de denominaciones evangélicas cubanas. Está pendiente un documento oficial y completo de la Conferencia de Obispos católicos de Cuba (COCC). También se espera que en algún momento el pro oficialista Consejo de Iglesias de Cuba (CIC) se pronuncie. Pues bien, aquí tenemos a modo de mensaje pastoral la posición de los Obispos Católicos de Cuba, un extenso documento que ofrecemos a los lectores. Falta, sin lugar a dudas un documento oficial del pro oficialista Consejo de Iglesias de Cuba que no se han pronunciado aun.


MENSAJE PASTORAL DE LOS OBISPOS CATÓLICOS DE CUBA
MENSAJE PASTORAL DE LOS OBISPOS CATÓLICOS DE CUBA con ocasión del proceso de consulta  del Proyecto de Constitución de la República de Cuba
   “…Hagamos al hombre a nuestra imagen y semejanza. Que tenga autoridad sobre los peces del mar y sobre las aves del cielo, sobre los animales del campo, las fieras salvajes y los reptiles que se arrastran por el suelo. Y creó Dios al hombre a su imagen. A imagen de Dios los creó. Hombre y mujer los creó” Génesis 1, 26-27 
Queridos hermanos:
Hemos querido comenzar nuestro mensaje con el clásico y hermoso pasaje sobre la creación del ser humano que se relata en el primer libro de la Biblia: el Génesis. De manera poética y figurativa nos transmite importantes verdades sobre nuestra naturaleza. El hombre y la mujer comparten la misma naturaleza y son iguales en dignidad y derechos. Tienen el mandato de procrear y poblar la tierra y, además, autoridad, derechos y deberes para utilizar y administrar los bienes que les han sido dados para su provecho, el de su familia y el de la sociedad. También tienen la obligación de cuidar la tierra por su valor en sí misma y porque es reflejo de la belleza de Dios. Estos principios constituyen un patrimonio adquirido por la humanidad, tanto por los creyentes como por los no creyentes. Sirvan estas premisas como prólogo de nuestro mensaje.
LA IMPORTANCIA Y ALCANCE DE UNA CONSTITUCIÓN
Nuestro pueblo ha sido convocado y está inmerso en un proceso de consulta con el fin de que todos los ciudadanos aportemos criterios y proposiciones que contribuyan a enriquecer la redacción de una nueva Constitución de la República de Cuba. La misma será presentada, a todos los cubanos, en referendo para ser aprobada o rechazada. El referendo popular será la última palabra de todo nuestro pueblo sobre la Constitución. Por eso, conviene resaltar la importancia del mismo como un acto en el que cada ciudadano está llamado a expresarse con el ‘sí’ o el ‘no’ mediante su voto, o absteniéndose de hacerlo.
Como pastores comprendemos, a partir de los procesos que ha vivido nuestra Nación, a quienes piensan que su opinión no cuenta. Sin embargo, queremos invitar a todos nuestros compatriotas a optar por una participación consciente y responsable. De igual forma solicitamos a las autoridades que guían el siguiente proceso que las opiniones y aportes recogidos sean tenidos en cuenta.
Es sabido que los diferentes temas presentes en el texto son motivo de frecuente conversación y toma de posiciones que han generado muchos intercambios de opiniones y debates, manifestando diferentes posturas: unos participando con sus aportes, otros con cierta reserva y también quienes consideran que ya todo está decidido. Es lógico que sea así, pues es signo de la pluralidad de posturas, de interés y de preocupación, ya que sabemos que la Constitución de un país debe reflejar las características de la sociedad y determina, de muchas maneras, la vida de los ciudadanos y su futuro, también la convivencia entre ellos, la participación en la toma de decisiones que afectan sus vidas y las relaciones de los mismos con el Estado y la sociedad.
De modos diversos y en reiteradas ocasiones, muchos nos preguntan acerca del parecer de la Iglesia sobre determinados aspectos contemplados en el proyecto constitucional que está siendo debatido. Por tales motivos, como obispos, queremos dirigirnos a ustedes, miembros de nuestras comunidades, y a todas aquellas personas que también han expresado su deseo de conocer nuestro pensamiento. Nos mueve y fundamenta la fe en Jesucristo Salvador de todos los hombres, la fuerza de su Palabra que nos inspira y sostiene, el amor y la búsqueda del bien para nuestro pueblo.
Partimos de una frase martiana que expresa el sentido y valor que él le daba a la Carta Magna de una nación: “Una Constitución es una ley viva y práctica que no puede construirse con elementos ideológicos” [1]. La Constitución es la ley fundamental de una nación que fija la organización de la sociedad y los derechos, deberes y garantías de los ciudadanos. De ahí que deba reflejar “los principios y valores esenciales y mínimos, lo que implica no abarcar y expresar en detalle todos los ámbitos de la vida política, económica y social” [2]. También es legítimo afirmar que la Constitución no se puede subordinar a leyes, decretos, resoluciones, partidos políticos, ideologías, disposiciones o sentencias judiciales, ya que una Carta Magna prevalece por encima de todos ellos. Es oportuno recordar que “la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado” [3]. Además, la Constitución en cuanto Ley Fundamental, se aplica por igual a todos los ciudadanos e instituciones sin importar la índole de los mismos. “El hombre no manda a otro hombre; la ley los manda a todos” [4]
Así mismo, por la importancia de la Constitución como referencia última de la legalidad en la Nación y dada su supremacía sobre cualquier interés particular, como expusimos anteriormente, consideramos no solo aconsejable sino necesario, que la misma Constitución disponga la creación de un Tribunal de Garantías Constitucionales con la finalidad de salvaguardar los derechos que en ella se refrendan.
Resaltamos que la persona humana es, por su intrínseca libertad y dignidad, el sujeto y centro de todos los derechos y deberes que garantiza una Constitución, que siempre debe estar en beneficio de la persona para así sustentar la convivencia de todos.
 LA DIGNIDAD DEL HOMBRE Y DE LA MUJER
Esta afirmación, mirada desde nuestra fe, expresa que cada ser humano, por ser criatura de Dios, posee una dignidad particular que lo pone por encima de todo lo creado. Esta constatación hizo exclamar al autor del Salmo 8 (5.7) de la Biblia, lleno de admiración y agradecimiento:
“(Señor), ¿qué es el hombre para que te acuerdes de él/el ser humano para darle poder?...
Lo coronaste de gloria y dignidad, /le diste el mando sobre las obras de tus manos, /todo lo sometiste bajo sus pies”.
Estas verdades sobre la persona humana fueron también expresadas por nuestro José Martí cuando afirmó: “…dígase hombre, y ya se dicen todos los derechos…” [5], para indicar que cada persona viene a este mundo con la dignidad y los derechos que pertenecen exclusivamente a su condición humana.
A lo largo de la Historia, por el mal uso de la libertad que Dios le dio al hombre, los seres humanos no nos hemos tratado con el respeto que merece nuestra dignidad. A través de los siglos han sido muchas las guerras, tiranías, violencias, discriminaciones, injusticias y muchos desastres más, por lo que no es de extrañar que, terminado el horror de la Segunda Guerra Mundial, las naciones sintieran la necesidad urgente de poner por escrito y ratificar públicamente los derechos que todo ser humano tiene por la simple razón de serlo. Nuestro país tuvo mucho que ver en este empeño que se materializó en los 30 artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos del 10 de diciembre de 1948, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS
Visto lo anterior, apreciamos que el proyecto constitucional (art.39) haya querido tener en cuenta el respeto y la aplicación de los derechos humanos reconocidos en diversos tratados internacionales de los cuales Cuba es signataria. Igualmente valoramos la declaración de que las personas son iguales en su dignidad, en sus deberes y derechos, sin discriminación alguna [6]. Al mismo tiempo lamentamos la ausencia del reconocimiento a la diversidad de opinión política (cf. art 40), así como también sería necesario explicitar que el derecho a la vida (cf. art. 43) debe respetarse desde el momento de la concepción del individuo hasta la muerte natural y, a su vez, sería de desear que abarque la exclusión de la pena de muerte.
Del mismo modo se requiere un mayor esclarecimiento sobre el derecho a la objeción de conciencia (art 59), de manera que la preservación del derecho de unos no implique violentar el derecho y la conciencia de otros. También se deben clarificar las causas, el alcance, los medios y límites en relación al art. 3 relacionado con la defensa de la Patria, para proteger la integridad y el ejercicio del derecho de las personas. El uso de la fuerza es un recurso extremo, solo justificado en determinadas circunstancias y en condiciones excepcionales y debe ser proporcional a las causas que lo provocan. La Iglesia siempre ha valorado el diálogo y el respeto mutuo como el mejor medio para superar los conflictos.
También resaltamos que, el art. 40 añade a la Constitución vigente otras tres categorías como sujetos de derecho: “género, orientación sexual e identidad de género” que provienen de una evidente influencia de la llamada “ideología de género”, las cuales son innecesarias, porque bastaría con la categoría “sexo” para que queden comprendidos todos los miembros de la sociedad, tal como se reconoce en el art. 45: “la mujer y el hombre gozan de iguales derechos y responsabilidades…”.
El sexo viene dado por la naturaleza y no es una construcción cultural adquirida, como propone equivocadamente la referida ideología de género, que se caracteriza por un fuerte subjetivismo, que lleva al individuo a decidir por sí mismo lo que es bueno y lo que es malo. De tal manera que, dicha ideología, sostiene entre sus postulados principales que cada persona elige su propia identidad sexual. Esta corriente ideológica ha venido introduciéndose en Cuba, entre otros, por algunos medios oficiales y por la influencia del mundo exterior.
Así mismo, en el Proyecto de Constitución se reconoce a los ciudadanos “el derecho a profesar o no creencias religiosas, a cambiarlas y a practicar la de su preferencia, con el debido respeto a otros credos y de conformidad con la ley” [7]. Según lo anterior, y en correspondencia a lo que debe ser un Estado laico moderno, los obispos cubanos reafirmamos que la libertad de practicar la religión propia no es la simple libertad de tener creencias religiosas, sino la libertad de cada persona de vivir conforme a los valores de la fe que profesa, de expresarlos públicamente, teniendo por límite el respeto al otro. En nuestro caso concreto, esta libertad implica, además, el reconocimiento jurídico de la Iglesia y de su identidad y misión propias, lo que incluye la posibilidad de dar a conocer su enseñanza moral de acuerdo al Evangelio, de acceder de modo sistemático a los medios de comunicación, la libertad de enseñanza y de evangelización, de construir edificios y de adquirir y poseer bienes adecuados para su actividad; y la libertad de asociarse para fines no solo estrictamente religiosos sino también educativos, culturales, de salud y caritativos.
LA FAMILIA
La Iglesia siempre ha considerado esencial el derecho y responsabilidad de la familia en la educación de sus hijos. Esto coincide con la Declaración de los Derechos Humanos, cuando dice: “Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos” [8]. Este principio se expresa en el Magisterio de la Iglesia de la siguiente manera: “La familia tiene una función original e insustituible en la educación de los hijos…” [9] “Los padres tienen el derecho y el deber de impartir una educación religiosa y una formación moral a sus hijos” [10]: “derecho que no debe ser cancelado por el Estado, antes bien debe ser respetado y promovido. Es un deber primario que la familia no puede descuidar o delegar” [11]
Es oportuno recordar lo expresado por el Papa San Juan Pablo II en Santa Clara: “¡Cuba, cuida a tus familias para que conserves sano tu corazón!”[12], por esto apreciamos el papel que el proyecto constitucional le otorga a la familia, y la disposición para que ésta cumpla su misión como célula básica de la sociedad, tal como está formulado en el art. 67. Sin embargo, en lo referente a la educación, los principios básicos señalados en el párrafo anterior no están suficientemente expresados, pues, como se afirma en el art. 95b “la enseñanza es función del Estado…” y, a su vez, en los art. 72 y 84 es de señalar que la contribución atribuida a la familia aparece enumerada en último lugar, posteriormente al papel asignado al Estado y a la sociedad. Entendemos que ni el Estado ni ninguna otra institución deben apropiarse esta delicada misión.
Los obispos consideramos mal fundado y erróneo que aparezca en el proyecto constitucional (art. 68) una definición del matrimonio como “la unión de dos personas con aptitud para ello, a fin de hacer vida común”. Al expresar este criterio no pretendemos desconocer, y en modo alguno menospreciar, la dignidad de ninguna persona, pues, a todas se les debe respetar su condición y su participación social. La enseñanza de la Iglesia siempre ha sido clara: el amor recíproco y complementario entre el hombre y la mujer fundamenta la vocación al matrimonio y a la familia, estableciendo una unidad que no puede equipararse a ninguna otra. Distinción no significa discriminación.
Los obispos, también, apreciamos lo expresado en el proyecto constitucional sobre los derechos de la familia para alcanzar su pleno desarrollo y bienestar. Para satisfacer estos derechos y lógicos deseos es necesario que la Constitución brinde las posibilidades para que cada ciudadano tenga un salario que realmente satisfaga sus necesidades e, igualmente, han de garantizarse las prestaciones sociales necesarias para equilibrar la vida familiar, de modo que sea posible y alcanzable por todos sus miembros una vida estable y vivienda digna, hasta después de la vida laboral de los mismos. Por ello, nos permitimos recordar lo expuesto en nuestro mensaje “La Esperanza no defrauda”: “Cualquier proyecto social debe abrir espacios para los proyectos de vida personal y familiar de los ciudadanos y deben armonizarse mutuamente ... Las aspiraciones de superación personal deben ser alentadas para lograr así una sociedad civil vigorosa que será siempre un bien necesario para todo país que aspire a una sana prosperidad social y económica, sostenida por sólidos pilares morales y espirituales” [13].
LA ECONOMÍA AL SERVICIO DEL BIEN COMÚN
Como principio, la Doctrina Social de la Iglesia reconoce el destino universal de los bienes y la función social de la propiedad para lograr el desarrollo integral de la persona, la familia y el bien común. Por ello, nos complace que el Proyecto de Constitución también reconozca la propiedad privada, aunque siempre se deberá tener en cuenta que los límites de cualquier propiedad deben estar solamente condicionados por el principio descrito anteriormente. En este campo, consideramos que lo expuesto en el art. 28 en relación a la inversión extranjera, debe ser extendido al ciudadano cubano en virtud a lo refrendado en el art. 40 sobre “la igualdad de todos los cubanos en sus derechos, deberes y oportunidades sin discriminación alguna”.
CONCLUSIÓN
Al concluir este mensaje queremos reconocer y valorar que, un buen número de cubanos, está ejerciendo su derecho a opinar y esto, en sí mismo, es un ejercicio beneficioso para las personas y la sociedad. Nosotros, como obispos y pastores de la Iglesia Católica en Cuba, no hemos pretendido hacer una exposición exhaustiva de todos los contenidos del proyecto constitucional, sino que deseamos iluminar aquellos aspectos que más nos han sido reclamados en orden al discernimiento y posterior decisión que cada uno deberá tomar según su conciencia y libertad.
Pedimos a Dios que nos ayude a encontrar los caminos que favorezcan el crecimiento del respeto mutuo y el reconocimiento de la dignidad de cada persona. Sólo así se hará realidad el sueño de nuestros próceres, proclamado por Martí al desear que Cuba fuera una República “con todos y para el bien de todos” [14]. A nuestra Madre, la Virgen de la Caridad del Cobre, le pedimos que continúe acompañando la vida de nuestro pueblo. ¡La Caridad nos une!

La Habana, 24 de octubre de 2018.
Fiesta de San Antonio María Claret

+ Dionisio García Ibáñez, Arzobispo de Santiago de Cuba,+ Juan de la Caridad García Rodríguez, Arzobispo de La Habana, + Wilfredo Pino Estévez, Arzobispo de Camagüey
+ Emilio Aranguren Echeverría, Obispo de Holguín, Presidente de la COCC, + Arturo González Amador, Obispo de Santa Clara, Vicepresidente de la COCC, + Manuel Hilario de Céspedes y García-Menocal, Obispo de Matanzas, + Jorge Enrique Serpa Pérez, Obispo de Pinar del Río
+ Álvaro Beyra Luarca, Obispo de Bayamo-Manzanillo,+ Domingo Oropesa Lorente, Obispo de Cienfuegos, + Juan Gabriel Díaz Ruiz, Obispo de Ciego de Ávila, + Silvano Pedroso Montalvo, Obispo de Guantánamo-Baracoa,+ Juan de Dios Hernández Ruiz SJ, Obispo Auxiliar de La Habana, Secretario General de la COCC

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[1] José Martí, Carta de New York, 23 de mayo de 1882, Obras Completas, Tomo IX, páginas 307 y 308.
[2] Proyecto de Constitución, Introducción al Análisis del Proyecto - Consideraciones finales, párrafo 3.
[3] Proyecto de Constitución, art. 10
[4]  P. Félix Varela. Cátedra de Constitución, Observación Segunda. Cita tomada del Libro “Escritos políticos”. Ed. Ciencias Sociales, 1977.
[5] José Martí. “Mi raza”, periódico “Patria”, Nueva York, 16 de abril de 1893. Obras Completas, Editorial Pueblo y Educación, La Habana, 1976, Tomo 2, páginas 298 a 300.
[6] Declaración Universal de los Derechos Humanos, art. 2
[7]  Proyecto de Constitución de la República, art. 62
[8]  Declaración Universal de los Derechos Humanos, art. 26.3
[9]  Concilio Vaticano II, Declaración Gravissimum Educationis n. 3
[10] Concilio Vaticano II, Declaración Dignitatis Humanae n.5
[11] Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia n. 239
[12] San Juan Pablo II, Homilía en Santa Clara, 22 de enero de 1998.
[13] Conferencia de Obispos Católicos de Cuba, Carta Pastoral “La Esperanza no defrauda”, 8 de septiembre de 2013, nn. 29-30
[14]  José Martí, Discurso “Con todos y para el bien de todos”, Liceo cubano de Tampa, EEUU, 26 de noviembre de 1891

octubre 25, 2018

¿Cuánto han degradado a los cubanos casi sesenta años de dictadura y de la mentalidad de supervivencia que hace renunciar a obrar según la conciencia? *


Votar por el totalitarismo para que nuestros amos nos exhiban como esclavos felices, no es de cristianos y ni siquiera de personas serias.
¿Amén al comunismo eterno?, ¡aleluya!, ¡Vivan las cadenas! Ya voté como todo un “doble moral” que sabe vivir, no soy bobo, “quien se mete a redentor sale crucificado” y ahora ¿me voy a mi iglesia a cantar en el coro?  ¿Por qué votaría alguien por su propia esclavización y la de sus prójimos?
Seria provechoso si reflexionáramos cuánto han degradado a los cubanos casi sesenta años de dictadura y de la mentalidad de supervivencia que hace renunciar a obrar según la conciencia. Mentalidad que determina a la Iglesia, lejos de influir la Iglesia en la sociedad.
Quien educa a sus niños en la religión cristiana suele enseñarlos a hacer un análisis de conciencia antes de dormir; entrenándolos para analizar por si mismos su conducta y acciones, según juicios de valor entre el bien y el mal. Hábitos que con los años los ayudarán a no caer en pecado o a levantarse cuando caigan.
Estudios psicológicos sostienen que los criminales suelen ser maestros en la auto justificación, y en engañarse a sí mismos con expulsar de su conciencia aquellos pensamientos y recuerdos que contradicen su auto justificación (Samuel Yochelson y Stanton Samenow). Si eso ocurre con los criminales: ¿Qué queda para las personas decentes que le dan importancia a verse a sí mismos como cristianos, pero obran en contra de la moral cristiana mientras “diezman la menta y la ruda”?
¿Y los que se sentirían enfermos y en pecado de juicio temerario si pensaran que su sonriente pastor es un mercenario incapaz de “dar su vida por las ovejas” y que la alta directiva de su amada Iglesia “se prostituye con los príncipes de la tierra”? (aquí mismo me dejará de leer y se refugiará en la negación).
¿Tiemblan los cristianos cubanos por el sentido de la responsabilidad de no cumplir sus deberes para con Dios y para con sus prójimos o gozan de un adelanto del cielo proporcionado por un cristianismo “pop”, “light”; acolchado para que todos se sientan cómodos y salvos solamente por participar los domingos de un agradable show musical y oratorio?
El camino fácil, amplio, sin espinas, sin la cruz de los seguidores de Cristo, camino al que los guía amablemente algún pastor que jamás los hace cuestionarse a sí mismos, a su conciencia (y menos cuestionarlo a él) si viven según la Ley de Dios, que nos obliga al camino estrecho, que no nos conviene “según la sabiduría del mundo”, pero que es el único.
Con ese entrenamiento en la tibieza y la alienación de la sociedad en que nos tocó vivir: Si las autoridades anticristianas retiraran “el permiso” para ser cristianos sin ser perseguidos, ¿cuántos quedarían en la Iglesia? (pastores incluidos).
Y “el permiso” lo dio el Ilusionista en Jefe, cuando vio su provecho en ello y que podía utilizar y hacer sumisas a las iglesias y corromperlas con el control estatal de donaciones, viajecitos de pastores y ponerle agentes en la directiva.
Ahora usted me protesta, se siente dolido: “Eso pasará con otra iglesia, con la mía, no”. Parecido a ese sarcasmo italiano de: “Todas las mujeres son –malas- salvo la mía mama que es una santa”.
“Se equivoca, Jaime, calumnia, ataca a la Iglesia. Mis pastores luchan titánicamente contra las presiones del Gobierno. No soy testigo de ello, pero se los he oído, aunque no dan detalles. Léase: “Dios no entra en mi oficina”.
Y ¿por qué quiere creer eso? Si creyera lo opuesto se sentiría muy mal y obligado a acciones dolorosas que no desea obrar. ¿Ya se leyó?: “entré en el seminario con dos camisas de guajirito, tierra colorada en los dedos de los pies y ahora tengo una casona, un maquinón, mi “primera dama” viste como una reina, viajo a cada rato y preparo a mis hijos para continuar el negocio familiar”.
Ni lo leyó ni lo va a leer, nunca lo escribirán.
¡Protésteme!: “Yo soy bueno, no tengo culpa de lo que pasa, no puedo solucionarlo”.
¿De verdad hace todo lo que puede o se acomodó a no hacer nada, a no arriesgar nada por la sociedad en que vive, porque a usted no le va tan mal con el envío de la remesa familiar o con un negocio ilegal?
Recuerde la doctrina de la culpa colectiva. Lea en el Antiguo Testamento como cuando ocurría algún gran pecado, todo el pueblo de Dios, en lugar de decir: “Yo no soy”, vestía cilicio, se echaba ceniza sobre la cabeza y ayunaba pidiendo perdón.
Cuba  está llena de pecado, miseria, ancianos y niños hambreados y desatendidos, pesas adulteradas, salarios defraudados y que no alcanzan para alimentarse una semana, hospitales y ancianatos donde ocurren horrores, prisiones inhumanas y mucha brujería, a la cual contribuye el pobre testimonio cristiano y ¿alguna iglesia hace ese tipo de penitencia?
 Se limitan a expender entretenimiento ligero: “Yo no soy, hago lo que puedo”.
Muchos pastores hasta tergiversan la Palabra de Dios, usando incompleta la cita de Pablo de que debemos estar sumisos a la autoridad (léala entera).
Y ahora, si votan en el fingido referéndum por la fingida Constitución, votarán contra la Ley de Dios, soliciten o no la modificación del “matrimonio” homosexual.
La votación será secreta, pero la gente se engaña con el absurdo por miedo cerval o echado a rodar por el gobierno; de que sabrán quien votó en contra: “Las boletas están numeradas”,”tienen una cámara oculta en el cuchitril”; paranoias de alma de esclavo.
El pecador encuentra su castigo en el pecado. El pecado colectivo de este pueblo auto engañado, esperando que Fidel Castro o el Papa o el gobierno español, u Obama… ¡hasta le dejan el asunto a Dios, siendo asunto de cada uno!; otro cualquiera, les arregle a Cuba, para no obrar personalmente. Todos estamos en culpa.
Ese pecado trae la consecuencia de la eternización de la Dictadura y de su posible final sangriento, como en Rumania; cuando el grado de calamidad empuje a la gente a la calle a matar Ceausescus y a saquear las lujosas casas de los hombres de iglesia.
*Periodista independiente cubano. Ha colaborado con la agencia de prensa independiente Hablemos Press y sus notas aparecen en distintos sitios de internet sobre temas cubano. Reside en la Ciudad de la Habana.
Nota: Este artículo es la continuación del anterior del mismo autor: “Matrimonio homosexual: propuesta ¿cristiana? de modificar el artículo constitucional”, publicado en este Blog.

octubre 20, 2018

Matrimonio homosexual: propuesta ¿cristiana? de modificar el artículo constitucional.


¿Hasta cuándo se van a auto engañar con que la dictadura de Cuba “cambia”? ¿Cuántas décadas más de haitianización y mentiras necesitan para no hacerle el juego?
Alguien apela a los cristianos enviándoles por correo electrónico una propuesta de usar las asambleas de análisis del proyecto de la  nueva Constitución de la Dictadura, para proponer la modificación del artículo referente al matrimonio homosexual, dejarlo como antes y  de paso  aclarar que los cristianos no son homofóbicos.
Quiero creer que quien promueve la propuesta obra de corazón y no que intenta confundir para que los cristianos acudan a votar a favor del Comunismo.
Proporcionándoles la coartada de la modificación para que cometan esa inmoralidad en nombre del amor al término medio de “una vela a Dios y otra al Diablo”.
Mi duda la autoriza su entusiástico afirmar que en Cuba hay cambios positivos y otras falsedades en las que es bochornoso y peligroso creer a estas alturas.
Ingenuo cantarle a los Castro saurios aquel bolero que dice: “miénteme más que me hace tu maldad feliz”; y  amnesia con los mentidos cambios anunciados desde 1990 y 2007 (por no arrancar desde los cíclicos ofrecimientos de mejoras y cambios desde 1959).
Muy bueno apelar a los cristianos para que se opongan a leyes contrarias a la Ley de Dios.
¿Pero acaso “el matrimonio entre dos personas” es lo único contrario a la Ley de Dios en esa “Constitución” que valida “legalmente” el “partido único, fuerza rectora de la sociedad” (que nadie eligió ni elige y que queda “constitucionalmente” por encima de “la Constitución”)?
¿Y “la propiedad del pueblo” y “la planificación estatal de la economía”? ¿Es decir, propiedad del Estado y planificación por el Estado, que ya demostró de sobra ser pésimo administrador y al que “el pueblo” no controla en nada, propiedad y planificación que destruyeron la economía?
¿La educación monopolizada por el Estado que inculca el Comunismo y el culto a Fidel Castro y “educación sexual” pro-homosexualidad; hace repetir a los niñitos: “Seremos como el Che”?
¿Y los cristianos pueden moralmente votar a favor de todo eso y de “el deber de defender a la Revolución con las armas si fuera necesario”?. Plataforma legal para la eventual movilización militar de sus hijos para mandarlos a morir y matar a tiros por la Dictadura.
¿Plataforma de los fascistas “mítines de repudio”, donde para “defensa de la Revolución”, una pandilla movilizada por la Policía insulta y pega a las Damas de Blanco y a opositores?
¿Con solamente modificar el artículo del matrimonio los cristianos no pecarán al votar a favor de las otras monstruosidades de la “Constitución”?
¿Y estamos en Suecia o en Estados Unidos? ¿Cumplió alguna vez la Dictadura su Constitución de 1976, que Fidel Castro inventó, como sus herederos inventan esta, para propaganda de que se democratizaba y cambiaba el régimen?
¿Cumple la Policía o algún funcionario su deber o las leyes, tan siquiera la Ley de Procedimiento y el Código del tránsito y las normas de prevención de incendios; ordenar a alguien que baje el volumen de su equipo de música? ¿Por qué creer que estos arbitrarios empezarán a cumplir sus leyes?
¿Alguien cree que en Cuba y hoy son algo más que un paripé el referéndum y “las consultas populares” y el voto “del pueblo”?
Quien quiera proponer desde el punto de vista cristiano las modificaciones que quiera, que lo haga, lo aplaudo, aunque se trague la lengua por miedo respecto a las inmoralidades que no tocan a la homosexualidad pero nos esclavizan a todos y destruyen igualmente a la niñez y a la familia.
Pero ningún cristiano necesita una voz del cielo que le profetice que:
1) Si les va de capricho a los opresores imponer su “matrimonio” homosexual, no les importará que millones de cubanos les pidan que no.
2) Para votar a favor de la modificación de ese artículo, lo modifiquen o no, tendrán que votar los cristianos a favor de la “Constitución” anticristiana, dictatorial.
La trampa está en que tenemos que votar por un todo y que votarlo es inmoral.
*Periodista independiente cubano. Ha colaborado con la agencia de prensa independiente Hablemos Press y sus notas aparecen en distintos sitios de internet sobre temas cubano. Reside en la Ciudad de la Habana.

octubre 05, 2018

Unas 45 denominaciones evangélicas cubanas hacen una serie de propuestas de modificaciones al Proyecto de Constitución que se ha sometido a discusión.


Las propuestas contenidas en una carta fueron discutidas el 1ro de octubre del presente año por  un numeroso grupo de líderes de iglesias evangélicas cubanas y remitidas a las organizaciones del régimen Castro comunista. Las propuestas parecen encaminadas a la pretendida Ley de Cultos que aún  no se avisara en Cuba. A continuación las propuestas.
Propuestas de modificación de algunos artículos del Proyecto de Constitución de las iglesias evangélicas cubanas:
·         Modificar el Título I Fundamentos políticos, Capítulo I, Artículo 15, párrafo 63: "El Estado reconoce, respeta y garantiza la libertad religiosa". Proponemos: El Estado reconoce a las instituciones religiosas, respeta sus postulados de fe y garantiza la expresión pública y privada de la libertad religiosa de cada individuo". Además proponemos añadir a este párrafo, la parte final del Artículo 55 de la Constitución vigente: "La ley regula las relaciones del Estado con las instituciones religiosas".
·   Modificar el Título II Fundamentos económicos, Artículo 21, párrafo 88: "Se reconocen las formas de propiedad siguiente...". Proponemos añadir un inciso g) de las instituciones religiosas y fraternales: en que la institución actúa sin fines de lucro.
·    Modificar el Título II Fundamentos económicos, Artículo 22, párrafo 96: "El Estado regula que no exista concentración de la propiedad en personas naturales o personas jurídicas no estatales, a fin de preservar los límites compatibles con los valores socialistas de equidad y justicia social". Proponemos añadirle: Exceptuando aquellas instituciones sin fines de lucro que lo necesiten para su funcionamiento y cumplimiento de su objeto social.
·     Modificar el Título IV Derechos, deberes y garantías, Capítulo I Disposiciones Generales, Artículo 40, párrafo 140, al eliminar los términos "género e identidad de género" quedando de la siguiente manera: Todas las personas son iguales ante la ley, están sujetas a iguales deberes, reciben la misma protección y trato de las autoridades y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, origen étnico, color de la piel, religión, edad, discapacidad, origen nacional o cualquier otra distinción lesiva a la dignidad humana.
·         Modificar el Título IV Derechos, deberes y garantías, Capítulo I Disposiciones Generales, Artículo 45, párrafo 149: "El Estado propicia la plena participación de la mujer en el desarrollo del país y la protege ante cualquier tipo de violencia". Proponemos: El Estado propicia la plena participación de la mujer y el hombre en el desarrollo del país y los protege ante cualquier tipo de violencia.
·         Modificar el Título IV Derechos, deberes y garantías, Capítulo II Derechos individuales, Artículo 59, párrafo 177: "El Estado reconoce, respeta y garantiza la libertad de pensamiento, conciencia y expresión". Proponemos: El Estado reconoce, respeta, garantiza y protege la libertad de pensamiento, conciencia y expresión.
·         Modificar el Título IV Derechos, deberes y garantías, Capítulo II Derechos individuales, Artículo 59, párrafo178: "La objeción de conciencia no puede invocarse con el propósito de evadir el cumplimiento de la Ley o impedir a otro su cumplimiento o el ejercicio de sus derechos". Proponemos eliminar este párrafo.
·         Modificar el Artículo 60, párrafo 179: "Se reconoce a los ciudadanos la libertad de prensa, este derecho se ejerce de conformidad con la ley". Proponemos: Se reconoce a los ciudadanos, instituciones no estatales y asociaciones la libertad de prensa. Este derecho se ejerce de conformidad con la ley.
·         Modificar el Artículo 62, párrafo 183: "Toda persona tiene derecho a profesar o no creencias religiosas, a cambiarlas y a practicar la de su preferencia, con el debido respeto a otros credos y de conformidad con la ley". Proponemos: Toda persona, con independencia de la condición legal en que se encuentre, tiene derecho a profesar o no creencias religiosas, a cambiarlas, a recibir asistencia conforme a su credo, y a practicar la fe de su preferencia, con el debido respeto a otros credos y el derecho a manifestar su religión o su creencia individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia, de conformidad con la ley.
·         Modificar el artículo 64, párrafo 185: "Las personas tienen derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades, las que están obligadas a tramitarlas en plazo adecuado, dando las respuestas oportunas y pertinentes de conformidad con la ley".
Proponemos: Las personas naturales y jurídicas tienen derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades, las que están obligadas a tramitarlas en plazo adecuado, dando las respuestas oportunas y pertinentes de conformidad con la ley.
·         Modificar el Título IV Derechos, deberes y garantías, Capítulo III Derechos sociales, Artículo 67, párrafo 190: "El Estado protege a las familias, la maternidad, la paternidad y el matrimonio". Proponemos: El Estado protege a la familia, la maternidad, la paternidad y el matrimonio.
Esta modificación del plural al singular en la palabra "familias" debe hacerse en el Artículo: 67 párrafos 190 y 191; Artículo 71 párrafo 199; Artículo 72 párrafo 200; Artículo 73 párrafo 201; Artículo 74 párrafo 202; Artículo 81 párrafo 214; Artículo 84 párrafo 219.
·         Modificar el Artículo 68, párrafo 192: "El matrimonio es la unión voluntariamente concertada entre dos personas con actitud legal para ello, a fin de hacer vida en común, descansa en la igualdad absoluta de deberes y derechos de los cónyuges los que están obligados al mantenimiento del hogar y la formación integral de los hijos, mediante el esfuerzo común de modo que este resulte compatible con el desarrollo de sus actividades sociales". Proponemos que se mantenga como en la Constitución vigente: "El matrimonio es la unión concertada de un hombre y una mujer con actitud legal para ello, a fin de hacer vida en común..."
·         Modificar el Artículo 70 párrafo 197: "Los padres tienen la obligación de dar alimento a sus hijos, asistirlos en la defensa de sus legítimos intereses y en la realización de sus justas aspiraciones, así como contribuir activamente a su educación y formarlos integralmente como ciudadanos con valores morales, éticos y cívicos en correspondencia con la vida en nuestra sociedad socialista". Proponemos: Los padres tienen la obligación de dar alimento a sus hijos, asistirlos en la defensa de sus legítimos intereses y en la realización de sus justas aspiraciones, educarlos y formarlos integralmente como ciudadanos con valores morales, éticos y cívicos en correspondencia con la vida en nuestra sociedad socialista.
·         Modificar el Artículo 84, párrafo 219: "La educación es un derecho de todas las personas y una responsabilidad del Estado, la sociedad y las familias". Proponemos: La educación es un derecho de todas las personas y una responsabilidad de la familia, la sociedad y el Estado.
·         Modificar el Capítulo VI Garantías jurisdiccionales de los derechos, Artículo 94, párrafo 265: "La persona a la que se le vulneren sus derechos y sufriere daño o perjuicio por órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados, con motivo de la acción u omisión indebida de los funcionarios, tiene derecho a reclamar, ante los tribunales y obtener, de conformidad con la ley, la correspondiente reparación o indemnización".
Proponemos: La persona natural o jurídica a la que se le vulneren sus derechos y sufriere daño o perjuicio por órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados, con motivo de la acción u omisión indebida de sus funcionarios, tiene derecho a reclamar, ante los tribunales y obtener, de conformidad con la ley, la correspondiente reparación o indemnización.
No contamos con la relación de iglesias evangélicas cubanas que rubricaron este documento.
Con estas propuestas se completa las opiniones de un variado grupo de denominaciones evangélicas cubanas. Está pendiente un documento oficial y completo de la Conferencia de Obispos católicos de Cuba (COCC). También se espera que en algún momento el pro oficialista Consejo de Iglesias de Cuba (CIC) se pronuncie.